Responsabilidad Social Corporativa: términos equívocos y fronteras difusas. La RS y el modelo de negocio

Antonio Abril Abadín. Presidente del Consello Social de la Universidad de A Coruña (UDC). Secretario general y del Consejo de Administración de INDITEX.

Antonio-Abril-2“¿Son los estándares de Salud y Seguridad del producto RS o es modelo de negocio? Términos equívocos y fronteras difusas”. Éste es sólo un ejemplo que nos presentaba Antonio Abadín en la cuarta sesión que se celebró en las instalaciones del Grupo Inditex. Una cuestión que hizo reflexionar a los asistentes sobre la necesidad de discernir entre cuáles son realmente políticas de Responsabilidad Social y cuáles son negocio.

En una primera parte, el Presidente del Consello Social de la UDC, adentró a los alumnos en el modelo de Responsabilidad Social de INDITEX no sin antes puntualizar que “un modelo de RS es un traje a medida. Es un compromiso Ético – Normativo (Corporate Compliance), Medioambiental y Social adecuado al modelo de empresa”. El Grupo se caracteriza por seguir una estrategia multiformato con la que “se crea competencia. Es una fuente de innovación. Los distintos formatos de Inditex compiten entre sí en diseño, originalidad…”. Pero sin duda la palabra clave que define a la empresa es moda: creatividad y diseño, rápida respuesta a demandas de mercado, renovación constante del producto con más de 50.000 modelos cada año.  Antonio Abril destaca que el Grupo Inditex no es un modelo de negocio tradicional porque controlan toda la cadena de valores. Todos estos aspectos acaban penetrando en el modelo de RS de la compañía a través de prácticas como la elaboración de un Código de Conducta, ejecución de Control de Vertidos, colaboración en proyectos para la Gestión de Residuos, creación de un Canal de Denuncias interno o de un Comité de Ética. Sin embargo Abril Abadín identificaba que el principal riesgo para la RS de la compañía era la deslocalización.

En la segunda parte, Antonio Abril Abadín hacía una aproximación al Buen Gobierno Corporativo (BGC) y a la evolución del marco normativo y reglamentario en España. Destaca aquí, como punto de inflexión la entrada en vigor en el 2010 de la responsabilidad penal de la persona jurídica. “Hasta ese momento sólo las personas físicas podían ser responsables de delito. A partir de aquí, se puede penalizar también a la empresa” destaca el docente. Es así como irrumpe el área del Corporate Compliance, insiste Abril Abadín que no se trata sólo del cumplimiento normativo, sino que “se establece un código para la prevención de riesgos penales”, añade “es necesario detectar dónde y cuáles son estos riesgos penales y tomar medidas preventivas”.

Recalca también las modificaciones que el marco normativo sufrió desde la publicación en 1998 del Código Olivencia hasta la actualidad que se tradujeron en sus respectivas leyes. Deja aquí Antonio Abril una nueva reflexión “¿Desde 1998 a 2015 hemos pasado de la autorregulación a una sobrerregulación?”

Laura Muiño

Periodista y alumna del Curso de Especialización en Responsabilidad e Innovación Social de la Cátedra Inditex-UDC